El 23 de mayo de este año se han cumplido 200 años de la fundación de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Luz, efemèride que se ha celebrado con un Año Jubilar concedido por el Papa Francisco. Reproducimos aquí como testimonio histórico de extraordinario valor y gran interés una transcripción del contenido del libro original.
Las faltas de ortografia proceden del original. Las palabras entre corchetes son supuestas al no poder leerlas correctamente.
Portada del libro de la Cofradía |
![]() |
Papel timbrado Sello 4º, 40 maravedíes, año 1823. Fernando VII por la gracia de Dios y la Constitución Rey de las Españas. |
«Ylustre Ayuntamiento de esta Villa.
Los fieles devotos del S.S.mo Christo de la Luz [que] al pie de esta suplica firmaran comparecen ante [V.S.] con el devido respeto diciendo que su celo les [anima] a fomentar una funcion a dicho S.mo Christo con el [fin] de realzar el culto a este divino señor pues [pe?] de los mayores y mejores sentimientos y con el fin que [al] menos no falte año alguno el culto que ha sido [?]bre y que nuestros predecesores hacian con [?] han tenido por combeniente el congregarse y [pedir] a este Ylustre Ayuntamiento la aprobación de las [proposiciones] siguientes.
Primte. Toda persona que quiera alistarse por [?] del SS.mo Christo de la Luz sera admitida y sera [anotada] en el libro que esta Cofradia ha de tener.
2. Es de obligacion precisa de los Cofrades el [?] [todos] los años de la fiesta a este Divino Señor [puede] el domingo siguiente al dia 14 [¿de septiembre?] de cada año. Estos Solemnes Cultos no han de [?nos] de Misa con diaconos sermon procesion por [?] y para todo esto no seran menos de diez a doce musicos.
[3ª]. En ningún tiempo faltaran cinco velas en el [Altar] del Divino Señor que [estas se] encenderan en los casos [necesarios] como ha sido costumbre hasta aqui.
[4ª]. A mayor[pruralidad] de votos de los Cofrades se [nombraran]: Un hermano mayor y dos mayordomos [para que] estos se encarguen y hagan cumplir todo lo que [acuerde] esta Cofradia.
[5ª]. Es precisa condicion que en el dia quince o diez y seis del mes de Agosto de cada un año se mande juntar todos los Cofrades que sea posible con el fin de disponer de la funcion y nombrar hermano mayor y mayordomos el año siguiente quedando escluidos de este nombrar todos los que lo ayan sido anteriormente.
[6ª]. El Hermano Mayor y Mayordomos que ayan sido cada año rendiran cuentas en termino de ocho dias pasada la fiesta a los nuebamente electos y estos al Ayuntamiento para su aprovacion o [impugnidad].
[7ª]. Es cargo de esta Cofradia el reparar las Andas y ponerlas serbibles tener una Arca para custodiar los Pañetes del SS.mo Cristo Cera y demas que le pertenezca.
[8ª]. Seran entregadas si hubiese alguna existencia ya sea en dinero o en efectivo a esta Cofradía.
[9ª]. La finca que se conoce por el Pedazo del S.mo Cristo sera entregada a esta Cofradía para hacer el uso que tuviese a bien con el fin de hacerla producir lo mas que se pueda siendo de Cuenta de los Cofrades labrarla [siembra] y recoleccion.
Por lo espuesto en esta peticion a V.S. suplican sirvan decretar la aprovacion de estas propuestas siendo asi (como lo esperan) cumpliran lo prometido [sin] faltar en nada; antes bien aumentaran el [Culto al] Divino Señor, segun las producciones y aumento [de los] Cofrades pues todo se dirige a que no falte la (fe) que todo el pueblo ha manifestado hasta aqui Señor Dios que a V.S. [?]
Daganzo de Arriba y septiembre siete de 1823.
Pedro Vargas Miguel Vargas Vicente Albarez Felipe Fernandez Benito Manuel Guerra Andres Castro Cipriano Albarez Meliton Josef Pastor Sebastian de [Fresno] Zipriano Moreno Manuel de la Fuente Ramon Garcia Pedro Antonio de la Fuente Felipe de la Fuente Juan Manuel Puente Manuel Manrique Romualdo Lorenzo Gregorio Garcia Julian Gomez Mariano Daniel Juan del Olmo Joaquin Fernandez Candido Garcia Feliz Amor Francisco Merino Mariano Muñoz Narciso de las Heras Evaristo Pasqual Eugenio de Moya Policarpo Sanchez Vera Bonifazio de Moya Gumersindo Yuste Lorenzo Castro Antonio Perez Gasco Bicente de las Heras Mariano Perez Gasco Xavier Perez Gasco [Gregorio Belasco] Julian Fernandez Geronimo Lucas Francisco de Lopez Mariano Godin Pedro Martin Cayo de la Fuente Juan Hernandez Sevastian de Soria Valentin Martin Ygnacio de Soria Leandro de la [Torre] Lucio de [?]
En la Villa de Daganzo de Arriba a Veinte de octubre de mil ochocientos veinte y tres, estando [Juntos] en la Sala Consistorial los Señores Don Gregorio de Bargas y Andres Castro, Alcaldes ordinarios, Meliton Josef Pastor, Regidor, Vicente Albarez, y [?] Prior Sindico y personero del Comun, Don Juan de Bargas, Josef Alcobendas, Rufino de Lope, Felipe Amor, Paulino Alcobendas, Pedro de las Heras, de los que componen el Ayuntamiento de esta [Villa] se presento la anterior solicitud de diferentes vecinos de esta dicha Villa, suplicando se aprobase todos los particulares que en ella constan para Zelevrar todos los años una funcion al SS.mo Cristo de la Luz que se benera en esta parroquial y administrar todos los caudales, y disponer de la finca que tiene, de la que Ynteligenciados dichos Señores [vaxo] de un voto, y parecer Dixeron que siendo como es un acto de Debocion, y culto al Santisimo Cristo de la Luz, la Aproeban, y Aprobaron con la expresa condicion de que han de cumplir con todo cuanto en ella exponen, y que los Caudales que [Rinda] la Citada Tierra solo se han de Ynbertir en lo que espresa la tercera, quarta, y octaba clausula, y no en otros fines; Cuidar en todo esa buena administracion, y que en ningun [tienpo] persona alguna les pueda perturbar en cuanto hicieren; asi lo acordaron mandaron y firma el que sabe de dichos Señores de que certifico.
Don Gregorio de Vargas Vicente Albarez Don Juan de Bargas Paulino Alcovendas Josef Alcobendas Rufino de Lope Antemi. Francisco Fernandez de Mayor
En la Villa de Daganzo de Arriva a vente y tres dias del mes de Nobiembre del año de mil ochocientos y veintey tres, despues de haber aprovado el Ayuntamiento las proposiciones atecedentes, y con la condicion que no se falle en nada a dichas proposiciones como lo expresa la dicha aprovacion, se juntaron los SS.
Don Pedro de Vargas Don Miguel de Vargas
Andres de Castro Julian Gomez
Mariano Godin Juan del Olmo
Francisco Xabier Perez Gasco Candido Garcia
Vicente Albarez Francisco Merino
Manuel Justo Guerra Gumersindo Yuste
Felipe Fernandez Benito Antonio Perez Gasco
Meliton Josef Pastor Mariano Perez Gasco
Ramon Garcia Gregorio Velasco
Narciso de las Heras Geronimo de Lucas
Cipriano Alvarez Pedro Martin
Cipriano Moreno Juan Hernandez
Juan Manuel Puente Balentin Martin
Manuel de la Fuente Leandro de la Torre
Pedro Antonio de la fuente Eugenio de Moya
Felipe de la Fuente Bonifacio de Moya
Francisco Alguacil Lucio de Vera
Manuel Manrrique Gregorio Garcia
Romualdo Lorenzo
Sevastian de Fresno Cayo de la Fuente
Policarpo Sanchez Vera Sevastian de Soria
Mariano Daniel Joaquin Fernandez
Felix Amor Francisco de Lope
Evaristo Pascual Mariano Muñoz
Lorenzo de Castro Ygnacio de Soria
Vicente de las heras Crotildo de las Heras
Julian Fernandez Vicente Martin [Serra]
Francisco Alcovendas
(Estos son los Cofrades esistentes, enseguida se iran sentado los que entren por Cofrades)
Disposicion de todos [?]
Los que en seguido se admitan deveran pagar veinte y cuatro reales de entrada pero se tendra presente que Don Pedro de Vargas se [ofrece] a decir la misa de indulgencia a los que fallezcan y ademas a contrivuir como un cofrade. Francisco Merino a hacer las sepulturas a todos los hermanos gratis, Joaquin Fernandez a ser el abisante, y no se le esigiran los 24 reales ni lo que haya que abonar, y el que [suscrive] se obliga a [ser el escribano] de la Cofradia esento de pagar y contrivuir, no siendo su voluntad, ninguna cosa. A presencia de todos los [arriva] dichos asi se [trata de que] certifico como tal.
Manuel Guerra
Para dar Cumplimiento a dichas proposiciones, se leyo la primera y todos quedaron unanimes para cumplirla, y a este tenor fueron las demas.
Nombramiento Nombraron, para esta Cofradia del SS.mo Cristo de la Luz que se venera en esta Yglesia, Abad al señor Don Pedro de Vargas presbitero. Hermano Mayor al Señor Andres Castro. Mayordomos a los señores Mariano Godin y Francisco Xabier Perez Gasco. Escribano a Manuel Guerra. Abisante a Joaquin Fernandez; y sepulturero a Francisco Merino, este se obliga a hacer todas las sepulturas para los Cofrades difuntos, gratis, simperjuicio de contrivuir [para] lo que sea avisado; y tambien se pusieron las condiciones siguientes.
Condiciones Primera; todo Cofrade que al aviso del referido abisante, no comparezca, o de su cumplimiento su muger, sea por medio de un suplente, o en cargandolo al Hermano Mayor, sufrira la multa de Media Libra de Cera, que esta se la esixira el hermano mayor y mayordomos; escepto el que se halle malo o estubiese fuera antes de avisarle, que este esta asalvo y no sufrira mas pena que asistir al siguiente aviso.
2ª Todo Cofrade que se halle alistado, satisfara por la Entrada ocho reales el primer dia de la Prosima Pascua, y el dia de la junta que se verificara el dia quince o diez y seis de Agosto de cada un año, satisfara los diez y seis reales o lo que la junta le imponga para hacer la funcion del presente año, y lo mismo se hara en lo sucesibo.
3ª Resolvieron dar amplias facultades a dicha junta y lo que esta hiciese dar todos por echo (siendo licito) como buena hermandad.
4ª Tambien se acordo, se encargase el hermano mayor y mayordomos, en tomar cuentas al anterior administrador, de los caudales, y recivir los maravedis que este rinda, para luego darla a los futuros electos, y firmaron los que supieron y firme.
Pedro Vargas Xabier Perez Gasco Mariano Godin [PVm] Manuel Guerra
En la Villa de Daganzo de Arriba a veinte y cinco de Mayo de mil ochocientos y veinte y cuatro, se juntaron los Señores D. Pedro de Vargas Abad, Andres de Castro hermano mayor, Mariano Godin y Francisco Xabier Perez Gasco Mayordomos de la Cofradia del SS,mo Christo de la Luz, a fin de disponer el modo de velar a los hemanos y hermanas, Enfermas, y asistencia a los Entierros, de estos y estando dichos Señores juntos determinaron lo siguiente.
Determinaron que cuando a un hermano se le administre S. M. desde el mismo dia se hara lista de avisar a los Cofrades para velarle por espacio de 19 dias, y a su Entierro asistiran ocho cofrades entendiendose lo mismo con las hermanas, estando escusados de esto y de todos los demas el abisante, sepulturero y Escrivano y sus Mugeres. Asi lo determinaron dichos Señores y firmaron los que supieron y firme.
Pedro Vargas Xabier Perez Gasco Mariano Godin Manuel Guerra »
Documentación aportada por el actual Presidente de la Hermandad del Santísimo Cristo de la Luz, D. Ramos Castro Berzal.
Comentarios
Publicar un comentario